Herencia entre hermanos con distinto ISD: cómo repartir cuando cada uno paga diferente
Cuando hay varios herederos con distintas circunstancias personales, cada uno paga un ISD diferente....
Cuándo tiene sentido renunciar a una herencia, cómo se hace ante notario, qué efectos tiene y la alternativa de aceptar a beneficio de inventario.
Renunciar a una herencia no es lo que aparece en las películas — el heredero desagradecido que rechaza la fortuna familiar. En la realidad, renunciar a una herencia es en muchos casos la decisión financieramente más sensata que puede tomar un heredero.
Ocurre cuando las deudas superan a los bienes. Ocurre cuando aceptar implicaría pagar un Impuesto de Sucesiones superior al valor de lo heredado. Ocurre cuando hay conflictos familiares que hacen preferible dejar pasar.
Esta guía explica cuándo tiene sentido renunciar, cómo se hace y qué alternativas existen.
La razón más común es económica: la herencia tiene más deudas que activos. Si el fallecido tenía una hipoteca pendiente, préstamos personales o deudas con terceros que superan el valor del inmueble y las cuentas, aceptar la herencia significa cargar con esas deudas.
Otra razón frecuente es fiscal: en algunas situaciones, el Impuesto de Sucesiones puede resultar más caro que el valor de lo heredado. Esto ocurre con más frecuencia de lo que parece en herencias donde el principal activo es un inmueble en una comunidad autónoma con alta carga fiscal, y los herederos tienen poco efectivo para pagar el impuesto.
También hay razones personales: herederos que prefieren ceder su parte a otros familiares, situaciones de conflicto donde la herencia sería fuente de litigios, o simplemente la decisión de no complicarse con trámites cuando el valor es pequeño.
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La renuncia pura y simple es la forma más directa: el heredero declara ante notario que renuncia a todos sus derechos sobre la herencia. Sin condiciones, sin reservas.
Los efectos son inmediatos e irrevocables. Una vez firmada ante notario, no puedes echarte atrás. La parte renunciada pasa al siguiente en el orden hereditario — normalmente los hijos del renunciante (que pueden aceptar o renunciar a su vez) o los coherederos.
Si todos los herederos directos renuncian, la herencia sigue el orden legal: hermanos, sobrinos, tíos, primos, y finalmente el Estado.
La renuncia a una herencia debe formalizarse obligatoriamente ante notario. No basta con una declaración verbal ni con un documento privado. Es un acto jurídico formal que requiere escritura pública notarial.
El proceso es sencillo:
El coste de la escritura de renuncia es relativamente bajo, alrededor de 50 a 150 euros según la complejidad.
No hay plazo legal obligatorio para renunciar, pero en la práctica conviene hacerlo antes de que venzan los 6 meses del Impuesto de Sucesiones, para que quede claro que ese heredero no es responsable del impuesto.
Existe una opción intermedia entre aceptar plenamente y renunciar: la aceptación a beneficio de inventario.
Con esta modalidad, el heredero acepta la herencia pero limita su responsabilidad al valor de los bienes heredados. Es decir: si las deudas superan a los activos, el heredero no tendrá que pagar la diferencia con su propio patrimonio.
Esta opción es especialmente útil cuando:
La aceptación a beneficio de inventario requiere declaración expresa ante notario y la elaboración de un inventario completo de los bienes. El proceso es más lento y complejo que la aceptación simple, pero protege el patrimonio personal del heredero.
Si has realizado actos que implican aceptación tácita de la herencia, ya no puedes renunciar. Son actos de aceptación tácita:
Por eso es importante no tomar ninguna acción sobre los bienes del fallecido antes de decidir si aceptar o renunciar.
Hay una situación particular que genera confusión: cuando un heredero quiere renunciar en favor de otra persona concreta. La renuncia pura no funciona así — no puedes dirigir tu parte hacia quien quieras.
Lo que sí puedes hacer es aceptar la herencia y después hacer una donación a esa persona. Pero eso tiene implicaciones fiscales propias: el donatario pagará el Impuesto de Donaciones.
La otra opción es coordinar previamente con los otros coherederos para que en la escritura de partición de herencia se adjudique a esa persona la parte que le correspondería al renunciante.
Si la razón para plantearse la renuncia es económica, tiene sentido hacer los números antes. Calcula el valor total de los activos, el importe de las deudas, el Impuesto de Sucesiones estimado y los costes de gestión. Solo con esos datos puedes tomar una decisión informada.
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